¿Es usted autónomo y trabaja desde casa? Sepa cómo y qué gastos puede deducirse

Si es usted empresario o profesional autónomo y trabaja desde casa, sepa que puede deducirse los siguientes gastos de la vivienda en el IRPF

• Gastos relacionados con la propiedad de la vivienda (IBI, comunidad, seguros, amortización, intereses de préstamos por compra…): En proporción (%) a la parte del inmueble que utilice en su actividad.
• Gastos por suministros (teléfono, luz, agua, gas, línea de Internet…): Puede deducirse un 30% de dichos gastos de la parte proporcional que utilice en su actividad.

Ejemplo. Si la vivienda tiene 100 m2 y utiliza 20 m2 en su actividad, puede deducir de los gastos por suministros un 6% del total (100 m2 x 20 m2 = 20% (% de la vivienda usada en su actividad) x 30% = 6%

Precisiones:

  • En su declaración censal (mod. 036/037) debe tener dado de alta los m2 del lugar donde desarrolla su actividad.
  • Si la vivienda es común con su cónyuge no tiene que hacer reparto alguno, pero si no está casado y comparte la propiedad de su vivienda con su pareja de hecho u otra persona, sólo podrá deducirse los gastos en proporción a su porcentaje de titularidad.