Según una reciente Sentencia de la Audiencia Nacional (Nº Recurso 1055/2018 de 6/10/2021) la AEAT no puede sancionar en caso de que tras una regularización por parte de la administración el contribuyente muestre su conformidad con la misma.
Esta Sentencia viene a interpretar :
- Que no puede sancionarse por el simple resultado de la regularización.
- Que la conducta del contribuyente al aceptar la regularización y proceder al pago de la misma, supone la voluntad del mismo de cumplir con sus obligaciones tributarias.
- Consecuencia de lo anterior no se acredita la intención o la culpabilidad en la actuación del contribuyente y no es procedente sancionarlo.