Como comentaba en un post anterior, el empresario es responsable de ingresar en la AEAT las retenciones que correspondan a sus empleados. Y para el cálculo de las retenciones hay que conocer la situación personal y familiar del trabajador, el cual la comunicará a la empresa a través del modelo 145.
Es por ello que es imprescindible para el empresario exigir al trabajador que rellene el citado modelo 145 y conservarlo a los efectos de una posible reclamación por parte de la AEAT si las retenciones están indebidamente practicada por causa imputable al perceptor.
Consejo: Facilite a principios de año el modelo 145 a sus trabajadores para que le comuniquen su situación personal y familiar y consérvelo durante el plazo de prescripción del impuesto.