Los premios que provengan de juegos organizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) tienen la siguiente tributación:
- Hasta 40.000 € están exentos.
- A partir de 40.000 € tributan al 20% (por la parte que exceda de esos 40.000 €) y soportarán una retención del 20% sobre dicho exceso. De manera tal que a la hora de efectuar la declaración de rentas habrá que consignar la cantidad sujeta y la retención practicada, pero no supondrá incremento de impuesto alguno ya que el % de tributación y retención son iguales (20%)
- En caso de premio compartido, el límite exento se aplicará entre todos los beneficios en proporción a su % de participación. ¡IMPORTANTE! En este caso quien a la hora de cobrar figure como beneficiario del premio tendrá que acreditar (en caso de ser requerido para ello) el reparto del premio y la identificación de cada partícipe del premio.
NOTA. La exención únicamente se aplica a premios gestionados por la SELAE. En caso otro tipo de premios, se tratarán como ganancia patrimonial (tributación entre 19% y 23%) y estarán sometidos a retención del 19% con alguna especialidad en caso de que el premio no sea de dinero.